La Ley de Respuesta Integral al VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) que reemplaza a la 23.978, sancionada en agosto de 1990.
Esta nueva ley no solo protege a las personas que lo tienen sino también a las que podrían tenerlo, prevé garantizar la disponibilidad y accesibilidad a insumos y materiales para la prevención, el tratamiento y la asistencia. Como resultado: los tests para estas enfermedades serán voluntarios, universales y confidenciales.
La iniciativa apunta a la erradicación de las prácticas discriminatorias; la prohibición definitiva de la prueba del VIH y otras ITS como parte de los exámenes preocupacionales y el impulso a la producción pública de medicamentos e insumos.
Además, establece la posibilidad de jubilarse anticipadamente o de acceder a una pensión no contributiva de carácter vitalicio en caso de situación de vulnerabilidad social para quienes tengan más de 50 años.
El texto también deroga el decreto Decreto 906/95 que establecía la obligatoriedad del test para ingresar o permanecer en las Fuerzas Armadas y de Seguridad, y crea instancias para combatir la “criminalización por la sola condición de la infección”.
Los senadores también convirtieron en ley por unanimidad el proyecto que obliga a las obras sociales y prepagas a dar una cobertura total para la atención de niños, niñas y adolescentes con cáncer y al Estado Nacional a dar una asistencia a económica a las familias fue aprobada esta noche por unanimidad en el Senado de la Nación.
Además, propone difundir y capacitar en estrategias para optimizar el diagnóstico precoz en cáncer infantil, así como gestionar el funcionamiento de la red de los centros oncológicos que atienden a dichos pacientes a nivel nacional. También se deberá garantizar el acceso a una vivienda adecuada o la adaptación de la vivienda familiar a las exigencias que su condición les demande.
Uno de los progenitores o representantes legales de un niño, niña o adolescente que padezca cáncer tendrá licencias especiales sin goce de haberes durante el plazo que figure en la prescripción del médico tratante del paciente oncopediátrico.
Durante la licencia, la persona en relación de dependencia percibirá de la ANSES las asignaciones correspondientes y una suma igual a la retribución que le corresponda al período de licencia.
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